
Preguntas frecuentes
Los consumidores eléctricos por lo general se realizan las siguientes preguntas:
El bono social fue instaurado por el Real Decreto-ley 6/2009, de 30 de abril, mediante el mismo, se adoptan ciertas medidas en el sector energético y se da la aprobación del bono social.bución. En caso de apegarse al PVPC tiene que ser de manera obligatoria una comercializadora de referencia.
El instrumento se puso en marcha el 1 de julio de 2009, concordando con la aplicación de las anteriores Tarifas de Último Recurso (TUR).
Es el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor, es decir, es el precio máximo que puede utilizar un comercializador de referencia para los consumidores que se apeguen a dicho precio.
Tienen derecho al PVPC aquellos consumidores que posean una potencia contratada del servicio eléctrico hasta 10 kW.
Reemplaza desde el 1 de enero de 2014 a la anterior Tarifa de Último Recurso (TUR).
A partir del 1 de abril de 2014, la Tarifas de Último Recurso (TUR) quedó establecida para dos agrupaciones:
Aquellos consumidores vulnerables, a los que les he aplicable el bono social.
A los consumidores que sin poseer derecho a contratar el PVPC, padecen de manera transitoria de un contrato en libre mercado.
La TUR que atañe a los recaudadores del bono social es un 25 por ciento de descuento sobre el Precio Voluntario para el Consumidor (PVPC).
Es, por ende, un requisito para ampararse al bono social, tener un contrato a PVPC.
Otras preguntas
A partir del 1 de abril de 2014 a los consumidores amparados al Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) se les emplea un nuevo sistema de precios.
Si visita la página web de la CNMC podrá encontrar un simulador de facturas de electricidad de suministros los cuales están acogidos al PVPC y también se encuentran facturas de último recurso para aquellos consumidores catalogados vulnerables.
Debido que para apegarse al bono social es indispensable como requisito poseer un contrato a PVPC, el bono social sólo puede ser aplicado por las comercializadoras de referencia.
Puede visitar a cualquiera de ellas (si opera en el espacio territorial donde usted vive).
El bono social cambia como vaya evolucionado el Precio Voluntario para el Consumidor (PVPC). El PVPC va cambiando en cada hora, debido a que su término de energía está referenciado al precio proveniente de la energía existente en el mercado eléctrico en cada 1 de las 24 horas que contiene el día.
Asimismo, el PVPC envuelve diversos precios regulados los cuales son establecidos por el Gobierno, como por ejemplo, los precios de los peajes de acceso, dichos precios van cambiando anualmente.
El Bono Social es un deducción en la factura eléctrica es cual se aplica únicamente a cierto grupo de consumidores que, en actualmente, se refiere a pensionistas a partir de los sesenta años de edad, con prestaciones mínimas, a familias numerosas o que tengan a todos sus integrantes en desempleo, además de los suministros inferiores a 3kW de potencia contratada. En cualquier caso, tienen que ser personas físicas en su vivienda habitual.
Sí. Los consumidores están en la obligación de comunicar a su comercializadora de referencia cualquier cambio que presuma la pérdida del derecho a recibir el bono social en el plazo de 1 mes a partir desde que se produjera la pérdida del derecho. Asimismo, el incumplimiento de los requisitos dará pie a la refacturación del suministro a partir de la fecha en que se origine el incumplimiento al Precio Voluntario para el Consumidor (PVPC) empleando un recargo del diez por ciento, el cual se aplicará en la factura seguidamente posterior a la detección del incumplimiento.